Ya se acerca la fecha de pago tu impuesto vehicular con un incentivo de descuento. Además de esta, existe una segunda fecha para pagar sin el descuento, y pasadas estas fechas comienza a correr un interés. Para que el vencimiento no te coja desprevenido, entérate de cuáles son cada uno de estos plazos.
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Los valores para cada una de estas fechas es diferente, de manera que conocer con antelación cada una de ellas te permitirá tomar mejores decisiones respecto al uso de tu dinero.
Las fechas anuales para pagar tu impuesto vehicular están sujetas al calendario tributario cada año. Por esta razón, puede que no siempre tengan lugar en los mismos días, pero de manera general se ubican alrededor de la misma temporada.
Para esta temporada tributaria 2022, las fechas de pago para aquellos vehículos registrados en el Distrito de Bogotá son las siguientes:
Pago con descuento por anticipado | Viernes 15 de Julio de 2022 |
Pago normal sin descuento | Viernes 12 de Agosto de 2022 |
El descuento al cual se hacen acreedores quienes realicen su pago de manera anticipada equivale al 10% sobre el valor total del mismo. Quienes no se logren acoger a esta medida, deberán pagar el total de su respectivo impuesto vehicular, sin descuento pero sin recargo, en la segunda fecha estipulada.
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Los plazos en distintos departamentos del país operan de la siguiente forma:
No olvides consultar la página web de tu gobernación o alcaldía local para tener mayor información sobre las fechas y los distintos métodos de pago disponibles.
Los valores propios al impuesto vehicular corresponden a un determinado porcentaje del valor total del vehículo con base en sul avalúo comercial. Su valor varía dependiendo del tipo de vehículo y del monto de dicho valor total. A continuación te explicamos cuáles son:
Tipo de vehículo | Valor comercial | |
Vehículos particulares | Desde – Hasta | Valor |
Automóviles, camperos | $ 0 – $ 50.954.000 | 1.5% |
camionetas, station wagon | $ 50.954.001 – $ 114.644.000 | 2.5% |
carga y pasajeros | $ 114.644.001 o superior | 3.5% |
Motocicletas + 125 cm³ | Todos los valores | 1.5% |
Vehículos públicos | Todos los valores | 0.5% |
Los valores para el impuesto vehicular son fijados desde el Ministerio de Hacienda cada vigencia de manera anual. Para el 2022, se encuentran definidos y regulados por el Decreto 1739 emitido el 16/12/2021.
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En caso de que tu vehículo haya sido adquirido durante el presente año gravable, el valor es determinado con base en los meses restantes del año a partir de la adquisición. Los días restantes del mes en el cual se realiza la compra cuentan como un mes completo.
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El valor que será tenido en cuenta es el mismo que aparece en tu factura de compra antes del IVA. El costo del impuesto vehicular que corresponde a aquellos vehículos importados por parte del propietario se estimará con base en el valor total presente en la declaración de importación.
Para vehículos eléctricos, el costo a pagar nunca podrá ser superior al 1% del valor comercial. Adicionalmente, la ciudad de Bogotá estipula los siguientes beneficios para propietarios de vehículos híbridos y eléctricos nuevos:
Este régimen de descuentos se plantea como una medida para incentivar la transición hacia la adquisición de nuevos vehículos híbridos y eléctricos.
No pagan impuesto vehicular aquellos vehículos que cumplen las siguientes condiciones:
Los vehículos nuevos tienen incluido el cobro del impuesto en su factura de compra.
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